El Gobierno local impulsa el primer reglamento de teletrabajo para los empleados del Ayuntamiento de Molina de Segura

El alcalde, José Ángel Alfonso, ha destacado que "la elaboración de este Reglamento permite implantar esta modalidad de prestación del servicio de forma ordenada, con seguridad jurídica y garantizando en todo momento el correcto funcionamiento de los servicios públicos"

El alcalde de Molina de Segura, José Ángel Alfonso, ha informado que el Pleno ordinario de hoy lunes 30 de marzo ha aprobado el primer Reglamento de Teletrabajo del Ayuntamiento molinense, que "tiene como finalidad dotar al Consistorio de Molina de Segura de un marco normativo claro, ordenado y seguro para regular la prestación de servicios en modalidad no presencial dentro de la organización municipal". El regidor ha explicado que, "hasta este momento, el Ayuntamiento de Molina de Segura no disponía de una regulación específica en materia de teletrabajo. Por ello, el equipo de Gobierno local ha sido pionero en promover la elaboración de un Reglamento que permite implantar esta modalidad de prestación del servicio de forma ordenada, con seguridad jurídica y garantizando en todo momento el correcto funcionamiento de los servicios públicos".

El teletrabajo constituye hoy una herramienta moderna de organización administrativa que muchas administraciones públicas ya han incorporado a su funcionamiento. "Ahora bien -señala el primer edil molinense-, su implantación no puede hacerse de cualquier manera. Debe realizarse con prudencia, con criterios objetivos y siempre bajo una premisa esencial: que la prestación del servicio público siga siendo la prioridad. Por ese motivo, el Reglamento aprobado en Pleno no configura el teletrabajo como un derecho automático, sino como una modalidad de prestación del servicio sometida a reglas claras, a requisitos concretos y a una valoración previa de las necesidades organizativas. Solo podrá autorizarse cuando las funciones del puesto lo permitan y cuando las necesidades del servicio lo hagan compatible con la adecuada atención a la ciudadanía".

El Reglamento se dirige, con carácter general, a todo el personal empleado público del Ayuntamiento que se encuentre dentro de su ámbito de aplicación, siempre que el puesto de trabajo pueda desarrollarse mediante sistemas de gestión por objetivos, asignación y evaluación de tareas, garantizando de este modo que la responsabilidad, el rendimiento y el control del trabajo se mantengan plenamente. Además, el texto establece un procedimiento claro para la solicitud y autorización del teletrabajo, con intervención de las jefaturas y de los órganos competentes, a fin de valorar su compatibilidad con el funcionamiento de cada unidad administrativa y asegurar que la organización del servicio no se vea perjudicada.

"Uno de los aspectos más relevantes de este Reglamento -destaca el alcalde- es que, aun dirigiéndose con carácter general a todo el personal incluido en su ámbito de aplicación, establece un sistema de prioridad en el acceso al teletrabajo cuando las circunstancias así lo requieran, orientado preferentemente a atender las necesidades de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal empleado público, de acuerdo con lo previsto en su propia regulación".

Junto a ese régimen general, el Reglamento contempla también una modalidad extraordinaria de teletrabajo, de carácter excepcional, temporal y debidamente justificado, prevista para atender situaciones concretas de carácter personal, familiar o de salud que requieran una respuesta específica durante un periodo determinado. Se trata, por tanto, de una vía distinta del sistema general de prioridades, pensada para supuestos tasados y acreditados que exigen una solución puntual dentro del marco previsto en el propio Reglamento.

Al mismo tiempo, el Reglamento incorpora mecanismos de seguimiento y control mediante la creación de una Comisión de Seguimiento del Teletrabajo, que permitirá evaluar su funcionamiento, unificar criterios, resolver incidencias y garantizar una aplicación homogénea dentro de la organización municipal. Cabe destacar que este reglamento contó con el voto favorable de todos los representantes sindicales, en la Mesa General de Negociación, y de todos los grupos políticos municipales, en la Comisión Informativa de Personal.

Otros acuerdos aprobados en el Pleno ordinario del mes de marzo

El Pleno ordinario del mes de marzo ha aprobado otros expedientes de interés para el municipio, como la modificación de la concesión demanial por adjudicación directa de un terreno municipal de 860,10 m², en el Barrio de Antonio, a la asociación AFAD Molina, para construcción de un Centro de Día para Personas con Alzheimer y Otras Demencias. Otro punto destacado ha sido la aprobación inicial de la nueva Ordenanza Reguladora de la Denominación y Rotulación de Vías y Numeración de Edificios.

Y también ha sido aprobada la moción del alcalde para crear una comisión que organice un acto institucional para rendir homenaje a las hermanas Eva Libertad y Miriam Garlo, ganadoras de sendos Premios Goya por la película Sorda. El regidor, José Ángel Alfonso, ha señalado que "queremos homenajear y distinguir como se merece a la directora y la actriz protagonista del filme, que han hecho historia en el mundo de la cultura y el cine, llevando el nombre de Molina de Segura a lo más alto". "Este reconocimiento no solo honra un éxito individual, sino que refuerza la apuesta de Molina de Segura por la cultura, la creación audiovisual, la inclusión y la igualdad de oportunidades. La proyección alcanzada por Sorda contribuye a posicionar a nuestra ciudad como referente de talento y creatividad, proyectando una imagen positiva que trasciende el ámbito local", recoge la propuesta del alcalde, aprobada en el Pleno.

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